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Baja California Sur

Vuelve la despenalización del aborto al Congreso de BCS; esta vez, por iniciativa ciudadana

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Aborto Libre Congreso BCS

Además de eliminar algunas penalidades, se plantea al aborto hasta las 14 semanas de gestación; la iniciativa se analizará en el Congreso de BCS

La Paz, Baja California Sur (BCS). Será por medio de una iniciativa ciudadana que el Congreso de Baja California Sur habrá de abordar la despenalización del aborto en próximas fechas; esto, luego de que se presentó un proyecto de decreto a diversos numerales del Código Penal y la Ley de Salud del Estado relativos al tema; en 2021, se había desechado otro proyecto al respecto.  

Dentro de los argumentos expuestos por la promotora, se indica que el concepto de aborto sería definido como: “La interrupción del embarazo después de la decimocuarta (14) semana de gestación”. Esto contrasta con lo que dicta el actual artículo 151 del Código Penal, en el que se indica que dicho acto es “la muerte del producto de la concepción en cualquier momento del embarazo”.  

Por otro lado, la iniciativa indica que se impondrá entre 60 días y 2 meses de trabajo a favor de la comunidad, a la mujer o persona con capacidad de gestar que voluntariamente procure su aborto o consienta que otro le haga abortad después de la semana 14 de gestación.  

Asimismo, de aprobarse la iniciativa, la persona que hiciera abortar a una mujer o persona con capacidad de gestar después del periodo establecido anteriormente, con su consentimiento, recibirá una penalidad de hasta 70 días de trabajo a favor de la comunidad, es decir, se quitarían las penas de prisión antes establecidas, que iban de 6 meses a 2 años.   

Para el caso del aborto sin consentimiento, se modificaría el término a “aborto forzado”, el cual consiste en la interrupción del embarazo sin el consentimiento de la mujer o persona embazadas; se pagaría de 3 a 5 años de prisión, siendo un poco inferior al actual Código Penal. Además, si ocurriese con violencia física, emocional, psicológica o moral, pasaría de 8 a 10 años en prisión, sentencia que es superior a la normativa actual.  

En los casos en los que el aborto forzado fuera causado por personal de salud, comadrón o partera, además de las sanciones a las que son atribuibles, se le suspenderá el ejercicio de su profesión u oficio, por un tiempo igual a la pena de prisión impuesta.  

De igual forma, se elimina el concepto de “aborto voluntario”, el cual es castigado con penas de 6 meses a 2 años de prisión y que se contempla en el artículo 155 del Código Penal de Baja California Sur.  

La iniciativa también establece que serán excluyentes de la responsabilidad penal por el delito de aborto: cuando el embarazo es resultado de una violación o de inseminación artificial no consentida, independientemente si existe o no, una causa penal.  

Esto último también aplicaría cuando, de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte o de afectación grave a su salud, según el juicio del médico que la asista, eliminándose la necesidad de un segundo dictamen.  

También se aplicaría en los casos donde, a juicio de un médico especialista, exista razón suficiente para diagnosticar que el producto presenta alteraciones genéticas o cognitivas que puedan dar como resultado daños físico o mentales, siempre que se tenga el consentimiento de la persona embarazada; en ese otro caso, también se pedía una segunda opinión médica, situación que ya no aplicaría con la nueva reforma.  

En la iniciativa se agregarían 2 fracciones más en las que se considera que no habrá responsabilidad penal en caso de que una autoridad le hubiera negado la posibilidad de interrumpir el embarazo dentro de las primeras 14 semanas y cuando la prestación de servicios contemplados en la Ley de Salud se hubiera omitido informar a la persona gestante su derecho a interrumpir su embarazo de forma legal y segura en el mismo periodo (14 semanas).  

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Otro cambio que se haría sería eliminar que la mujer deba comprobar ser víctima de violación o la inseminación artificial, en caso de que no se presentará una denuncia ante el Ministerio Público y realizarse un aborto, para no ser responsable penalmente, algo que se contempla en la actual normativa.  

Por otro lado, en la Ley de Salud del Estado se establecería lineamientos para el caso de los médicos y personal de enfermería que desee objetar en su prestación de servicios dentro del ramo; a su vez, se determina que las instituciones públicas deberán brindar la interrupción del embarazo, de forma gratuita y en condiciones de calidad, incluyendo consejería médica, psicológica y social.  

En lo que va del año en curso, se han presentado 2 denuncias ante la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) en Baja California Sur por el delito de aborto, uno de ellos durante el mes de abril y el otro en febrero.  

Conviene recordar que, en junio del 2021, la Legislatura que se encontraba en aquel momento, desechó una iniciativa que pretendía despenalizar el aborto y que se ofreciera de forma gratuita en los hospitales públicos, pero teniendo como plazo las 12 semanas de gestación.  

Fuente: BCS Noticias

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